Gobernanza ambiental
F. Peña, J. Pincheira, D. Rozas, E. Fernández y F. Ramírez
Figura 1. Esquema de asignación de condiciones de localización
Fuente: LPT-UCT y SUBDERE (2017).
Figura 1. Esquema de asignación de condiciones de localización. Fuente: LPT-UCT y SUBDERE (2017).
ii) Condiciones específicas: aquellas que surgen a partir de las particularidades regionales que, consensuadas entre los actores inte resados, determinan una condición conforme a la norma, coherente, armónica y basada en los principios establecidos en la naturaleza del plan 5 (figura 2).
5 Lo legítimo brinda una oportunidad para posicionar puntos críticos o singulares de una región y que la ley no aborda o integra en su totalidad. Por su parte, a nivel sectorial, existen atribuciones para proponer condiciones en base a crite rios tecnológicos, o bien recogidos de la experiencia internacional, tales como nuevos estándares.
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