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que devino en la supeditación a una “sociedad mayorizada” 79 ; como así también a brindar
asistencias técnicas económicas; a reconocer el despojo territorial llevado a cabo por los
colonos extranjeros y chilenos respecto de las tierras reconocidas en los Títulos de Merced;
por otro lado, también propendía a la representación en términos administrativos y judiciales
respecto de los litigios en que pudiera estar involucrada población indígena; y finalmente, en
términos generales, “los principales objetivos del IDI eran la promoción del desarrollo social,
económico, educacional y cultural de los indígenas y la integración de los indígenas a la
comunidad nacional, considerando su idiosincrasia y respetando sus costumbres ” ( ICVHNT,
2009:375). Sin embargo, estas disposiciones políticas tuvieron un abrupto final.
3.1.1 Breve historia de la división de las reducciones mapuche
En 1972 ya se había promulgado la Ley Indígena 17.729 80 , prometida por Allende en
su primera candidatura a la presidencia de Chile (1964), pero en 1973 tras el golpe de Estado,
la dictadura cívico-militar va a suprimir el IDI, dejando a la Ley Indígena sin ninguna
aplicación práctica. Se ha consignado en el texto Informe de la Comisión Verdad Histórica
y Nuevo Trato con los Pueblos Indígenas (2009) que el Decreto-Ley 2.568 de 1979 buscó y
consiguió “la liquidación de las comunidades mapuches”. Sin embargo, la división de las
reducciones mapuche en hijuelas individuales no se ha inventado en la dictadura cívico
militar de 1973 con este Decreto-Ley, sino que tiene una historicidad que comienza con el
siglo XX. Héctor González, antropólogo, puso a disposición en 1986 una serie de estadísticas
acerca del proceso de radicación y posterior división de las reducciones, y expone que
mientras aun no terminaba totalmente el proceso de radicación, en agosto de 1927 ya se había
promulgado la Ley 4.169, la cual “marca el inicio de la dictación de una serie de cuerpos
legales destinados a disolver las comunidades indígenas y dar paso a un nuevo tipo de
79 Se ha verbalizado el concepto, tan utilizado en Antropología, de “sociedad mayor” con la intención de desnaturalizar e historizar esta concepción, pues da la impresión de que la relación entre algo mayor, mayoría, grande, y algo menor, minoría, pequeño fuera algo dado de las sociedades contemporáneas, y son más bien procesos históricos de colonialismo y dominación los que hacen emerger importantes diferencias en los estatus económico políticos de grupos determinados. 80 Gran parte de los elementos constitutivos de esta legislación surgen del Primer Congreso Nacional Mapuche de 1969 y de sus comisiones temáticas.
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