Gobernanza ambiental
Jorge Jerez, Miguel Aguayo, Francisco Encina y David Fonseca
podrán organizarse como Junta de Vigilancia». Las Juntas de Vigilan cia tienen por finalidad administrar y distribuir las aguas a que tienen derecho sus miembros en los cauces naturales; explotar y conservar las obras de aprovechamiento común y realizar los demás fines que les encomienden la ley y sus estatutos. Podrán construir, también, nuevas obras relacionadas con su objeto o mejorar las existentes, con autorización de la Dirección General de Aguas. Los Usuarios sin Derechos de Aprovechamiento de Aguas pueden, de acuerdo al Código de Aguas, ser parte de las Juntas de Vigilancia y las Mesas de Agua, participando en la gestión local del agua y para asegurarles los usos indirectos y no usos del agua existen normativas de conservación de los ecosistemas que ponen límite a los usos prioritarios pero que son de aplicación posterior a la aplicación del código, por lo que en las zonas centro y norte del país resultan imposibles de aplicar por cuanto las aguas de algunas cuencas están agotadas, en particular en época de estiaje, y es cos toso y lento disminuir los derechos ya otorgados, debido al carácter constitucional de la tenencia. Esto genera una desproporcionalidad entre usuarios con derechos otorgados y aquellos en transición o sin derechos de aguas. Solo serán parte de la alianza público-privada los actores privados, ya que existe claridad respecto a la tenencia de los derechos de agua, quedando la participación del resto de los participantes sujeta a la voluntad, lo que podría conducir a un fra caso de la gobernanza democrática del agua (Retamal et al. , 2013). Este convenio, aprobado por la Asamblea General de las Nacio nes Unidas el 13 de septiembre de 2007 y ratificado por el Congreso Nacional el 15 de septiembre de 2008, no crea derechos nuevos, sino que más bien especifica o proporciona una interpretación de los de rechos humanos consagrados en otros instrumentos internacionales, solo que referidos a su aplicación a los pueblos originarios. Para el tema del agua y en general los recursos naturales establece en sus b . Convenio 169 OIT
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