Gobernanza ambiental

Miguel Escalona Ulloa

Un factor que aseguraría el control de este espacio regional era el asentamiento de la mayor cantidad posible de población. Esta estrategia se inició con la promoción de políticas en favor de la llegada de migrantes y nuevas poblaciones al sur del país. Uno de los primeros hitos que contribuyó a ello fue la promulgación en 1845 de la Ley sobre establecimientos de colonias de naturales y extranjeros, que permitió a la máxima autoridad del país disponer de terrenos y entregar algunos beneficios a quienes poblaran estas latitudes. Al respecto esta ley señalaba:

Se autoriza al presidente de la república para que en seis mil cuadras de los terrenos baldíos que hay en el Estado pueda establecer colonias de naturales y extranjeros que vengan al país con ánimo de avecindarse en él y ejerzan alguna industria útil, les asigne el número de cuadras que requiera el estable cimiento de cada uno y las circunstancias que lo acompañen; para que les auxilie con los útiles, semillas y demás efectos necesarios para cultivar la tierra y mantenerse el primer año 10 .

Con esta ley se inició un proceso de profundas transformaciones territoriales, serán «nuevos» habitantes quienes arriben al Wallmapu/ Araucanía para explotar la tierra. El arribo de extranjeros y criollos, a juicio del Estado, resultaba crucial para «civilizar» este espacio e instalar la modernidad. Con estas reglas se instó a entregar tierras a estas familias y sus descendientes, situación que requería tener cierto stock de suelos despejados y disponibles para ser facilitados. En este periodo el uso del fuego se constituyó en herramienta política crucial para llevar a cabo cambios en el medio ambiente regional. A mediados del siglo xix se utiliza para generar terror en el pueblo mapuche y así desplazarlo de sus tierras; en otros momentos de la historia regional se utiliza para «limpiar las tierras» y permitir el asentamiento de población, además de utilizarse para instalar los ciclos productivos asociados al trigo y las plantaciones forestales. Durante este proceso, las cartas enviadas por algunos caciques daban cuenta de la usurpación de las tierras que se llevaba a cabo

10 Ley de 1845. Sobre establecimiento de colonias de naturales y extranjeros. Santiago, 18 de noviembre de 1845. Artículo 1, p. 2.

30

Made with FlippingBook Online newsletter creator