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etc., siendo las más conocidas las “Cartas Arqueológicas”, que resultan ser el punto de partida para
la Arqueología Preventiva. Estos hitos legislativos europeos, posteriormente, han sido replicados
y compartidos por diversos agentes y comunidades del patrimonio en diversas partes del planeta y
en nuestro país, que si bien no es generalizada la perspectiva preventiva desde la arqueología, son
acercamientos al ejercicio de la misma.
Esta información, análisis y resultados que conforman la producción de conocimiento,
argumenta Páez (2012) “siembran la posibilidad de realizar diagnósticos certeros, que permitan
gestar acciones y estrategias de intervención necesarias y adecuadas para el contexto de la
comunidad circundante” (p. 147).
Verdugo (2017) nos introduce a una visión integral de diferentes patrimonios culturales,
trayendo como ejemplo los conceptos reconocidos en las normativas de Andalucía. Definiendo
“Zona de Servidumbre arqueológica para aquellos espacios donde se presume la existencia d e
restos, y la Zona Arqueológica para los que se tienen evidencias fundadas” (Verdugo, 2017, p. 37).
Estos conceptos son conmensurables, a los propuestos por Querol (2020) con Áreas de Cautela y
Zonas de Reservas Arqueológica, en que son parte de los procedimientos de planificación en
Arqueología Preventiva. Estos espacios de consideración arqueológica se ven representados
comúnmente en Cartas Arqueológicas, que “han tenido por finalidad la realización de un catastro
integral del patrimonio arqueológico presente en un determinado territorio, con la utilidad de una
lectura histórica parcial del territorio, puesto que no se han incluido en ellas otros recursos
patrimoniales” (Verdugo, 2017, p. 38). Por lo que expone que , estas cartas arqueológicas deberán
migrar a un concepto más amplio como lo son las Cartas Patrimoniales, en que se incluyen otros
tipos de patrimonio, trabajando en conjuntos estos elementos en un territorio determinado.
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