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1980), Convención para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus
dos protocolos (de 1956, ratificada en 2008), Convención para la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial (de 2003, ratificada en 2008) y Convención sobre las Medidas que Deben
Adoptarse para Prohibir e Impedir la Importación, la Exportación y la Transferencia de Propiedad
Ilícitas de Bienes Culturales (de 1970, ratificada en 2014). Estas convenciones representan un
corpus legislativo que establecen obligaciones para el Estado, ciudadanos y profesionales, que
contribuyan en prácticas éticas de protección de los patrimonios culturales y naturales en los países
asociados.
Asimismo, nuestro país se ha comprometido con las recomendaciones y estándares
internacionales en la reducción del riesgo de desastres, por ejemplo, adhiriéndose a los Marcos de
Acción de Hyogo (2005-2015) y de Sendai (2015-2030) con los que se avanza en el
reconocimiento del carácter transversal del riesgo de desastre en todas las dimensiones del
desarrollo (Quiroga, 2018), reconociendo el necesario trabajo de la gestión y acciones vinculantes
entre diferentes esferas del ámbito social para su óptimo progreso. El Marco de Sendai para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2015- 2030, recomienda a nivel nacional y local: “d) Proteger
o apoyar la protección de las instituciones culturales y de colección y otros lugares de interés desde
el punto de vista histó rico, religioso y del patrimonio cultural” (Naciones Unidas, 2015, p. 19).
Mencionando que es el Estado que posee la obligación de llevar a cabo estas gestiones, pero puede
ser una responsabilidad compartida con otros agentes interesados. Además hace hincapié en la
urgencia de las medidas de prevención: “es fundamental prever el riesgo de desastres, planificar
medidas y reducirlo para proteger de manera más eficaz a las personas, las comunidades y los
países, medios de subsistencia, salud, su patrimonio cultural, activos socioeconómicos y
ecosistemas, reforzando así su resiliencia” (Naciones Unidas, 2015, p. 10).
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