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Por otra parte, se establece que dentro de los dos días hábiles siguientes los
departamentos de RR.HH. y Prevención debiesen de preparar toda la documentación e
indumentaria necesarios para la llegada del nuevo trabajador. Al mismo tiempo, el departamento
de RR.HH. mediante un correo electrónico o llamada telefónica tendrá que comunicar al nuevo
trabajador que su solicitud ha sido aceptada, además de informar el día que este deberá de
presentarse en la empresa y la documentación necesaria que deberá traer para su incorporación.
Mediante de estas medidas para el proceso de contratación previo a la llegada del trabajador, se
espera mitigar por medio de una mayor comunicación el problema de descoordinación existente
entre los departamentos relacionados, además de apoyar a los departamentos de Recursos
Humanos
y
Prevención de Riesgos por medio del establecimiento de plazos que eviten el ingreso de nuevos
trabajadores de un día para otro, pudiendo así planificar de mejor manera sus actividades sin que
este proceso signifique el abandono de alguna de sus otras labores.
En lo que respecta al proceso al momento de la llegada del trabajador, se establecieron
plazos tanto para la realización del contrato, como para la entrega de documentos. En el caso del
contrato, se estableció un periodo máximo de una hora y media, el cual estaría destinado para su
realización, además del registro de la persona en el sistema de la empresa (software ERP). Si
bien la legislación establece que el contrato puede realizarse en un periodo máximo de 3 días
hábiles desde que la persona hizo ingreso a la empresa, por temas de seguridad y para evitar
cualquier inconveniente se estableció que el contrato debiese quedar listo antes de que se realice
la inducción a la persona o en el peor de los casos antes de que se le entregue la indumentaria,
todo esto con la finalidad de poder tener al nuevo trabajador regularizado e ingresado al sistema
antes de que este pueda comenzar a realizar sus labores.
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