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Dirección del Trabajo, el SAG, entre otros, que en conjunto a las exigencias establecidas por la

empresa formarían la base para el desarrollo de las competencias mínimas.

Realizada la recopilación de información, se pudo establecer que los entes reguladores solo

establecían exigencias para las siguientes labores: jefe de campo, Prevención de Riesgos,

aplicadores de agroquímicos, bodeguero, grúa horquilla y tractorista. En lo que respecta al jefe

de campo, al aplicador de agroquímicos y al bodeguero (y dependiendo de las circunstancias

podría incluirse el tractorista), estos están sujetos a las exigencias definidas en el artículo n°6 del

decreto 158 del Ministerio de Salud el cual establece:

Artículo 6º.- Los plaguicidas para aplicación terrestre deben ser usados solamente

por personas con entrenamiento en su manejo, para evitar riesgo de intoxicación. Dicho

entrenamiento debe incluir, a lo menos, las siguientes materias:

 Normas legales de importación, fabricación, comercialización, aplicación y uso de

plaguicidas agrícolas de aplicación terrestre

Clasificación de los plaguicidas

Fumigantes

Etiquetado de plaguicidas

Manejo de plaguicidas

Manejo de residuos

Manejo ambiental

 Identificación de situaciones de riesgo para la salud

Elementos de protección personal

 Manejo de emergencias. (Ministerio de Salud, 2015)

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